14 febrero 2014.- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social reconocio en 2013 las prestaciones por hijos con cancer u otras enfermedades graves a un total de 1.126 padres y madres trabajadores para poder cuidar de sus hijos enfermos, segun los ultimos datos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), Instituto Social de la Marina (ISM) y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional.
El numero de procesos vigentes a 31 de diciembre alcanzo los 1.506, un 28% mas que en 2012. Este aumento subraya la necesidad de una prestacion que permite a los trabajadores simultanear el cuidado de sus hijos con enfermedad grave con su tarea profesional.
Al cumplirse los tres anos de vigencia de la prestacion, que tiene por objeto compensar la perdida de ingresos que los padres sufren como consecuencia de obtener un menor salario al tener que reducir su jornada laboral, la Seguridad Social ha destinado al pago de las mismas un total de 21,7 millones de euros en 2013.El gasto aumento en un 43,5% debido a la mayor duracion de los procesos.
El 97,6 por ciento del gasto ha sido gestionado por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional de la Seguridad Social, que han reconocido 1.087 nuevas prestaciones y solo el 2,4 por ciento por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM) que han reconocido 39 prestaciones.
Las comunidades autonomas que tienen un mayor numero de nuevas prestaciones por hijos con cancer u otras enfermedades graves son Madrid, con 264; Cataluna, con 231 y Andalucia, con 144.
La propia naturaleza de la prestacion hace que la duracion sea elevada, hecho que explica que la duracion media de las mismas que han finalizado en 2013 es de 330 dias, aproximadamente 11 meses, lo que supone un incremento respecto al ejercicio 2012 de 5 meses.
La Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores establecen los principios por los que se reconoce esta nueva prestacion de la Seguridad Social que entro en vigor con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011. Se pueden beneficiar de este subsidio los trabajadores afiliados y en alta, cualquiera que sea su sexo, que reduzcan su jornada de trabajo en, al menos, el 50%.
La prestacion economica del subsidio se calcula sobre el 100 por 100 de la base reguladora establecida para la prestacion por incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales. La prestacion se extingue cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando este cumple 18 anos.
Las solicitudes estan disponibles en la pagina web de la Seguridad Social www.seg-social.es
Los datos estadisticos se pueden consultar en el pdf adjunto